Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN SANTA BARBARA DEL ZULIA, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR lo solicitado y NIEGA LA ENTREGA EN CALIDAD DE DEPOSITO del vehículo, cuyas características presuntamente son: CLASE: CAMIONETA, MARCA: FORD, MODELO: VAM, COLOR: VINOTINTO, AÑO: 1.982, PLACA: 304-663, SERIAL DEL MOTOR: 8 CIL, SERIAL DE CARROCERIA: 1FTDE15Y2EHA22596, USO: POR PUESTO, solicitado por el ciudadano EUGENIO HERNANDEZ GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.760.811, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.008, domiciliado en Valera, Jurisdicción del Municipio Valera del estado Trujillo, actuando en este acto con el carácter de apoderado del ciudadano HILDARE ANTONIO RIERA VALERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.....