DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, actuando en sede Constitucional, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES JUDICIALES, seguido por el ciudadano RANGEL ANTONIO PRIMERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.666.962, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 280.234, domiciliado en el Municipio Cabimas del estado Zulia en contra de la ciudadana GLEDYS YUDITH LÓPEZ REYES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-11.459.539, domiciliada en el Municipio Cabimas del estado Zulia.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de la presente decisión.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y NOTIFIQUESE, inc.....