En tal sentido, se observa que la penada YULIETH PAOLA LUGO ACOSTA, cumplirá la pena principal, el día 05-01-2009.
Cumplió ¼ parte de la pena, que equivale a cinco meses, el 05-10-2007, a las doce horas, para optar al Beneficio de Destacamento de Trabajo.
Cumplió 1/3 parte de la pena, que equivale a seis meses y veinte días, el 25-11-2007 a las doce horas, para optar al Beneficio de Régimen Abierto.
Cumplirá las 2/3 partes de la pena, que equivale un año, un mes y diez días, el 15-06-2008, a las doce horas, para optar al Beneficio de Libertad Condicional.
Cumplirá las ¾ partes de la pena, que equivale a un año y tres meses, el 05-08-2008, a las doce horas, para optar al Beneficio de Confinamiento.
Y cumplirá la sujeción a la vigilancia por una quinta parte de la pena que le fue impuesta, que equivale a cuatro meses, desde que esta termine, el 05-05-2009. Y ASÍ SE DECIDE.
Regístrese la presente decisión y Notifíquese a las partes.
JUEZ TERCERO DE EJECUCIÓN,
DR. .....