Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1.- PROCEDENTE LA EXTENSION DE LA PENSIÓN DE SOBREVIVIENTE a favor de la ciudadana ROSANA GABRIELA VARGAS GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° 25941161, de conformidad con lo establecido en los Artículos 8, 177 Parágrafo Segundo literal a, 383 literal b de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas Adolescentes; así como lo establecido en el Artículo 49, numerales 3 y 4, y el Artículo 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en consecuencia, se AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana ROSANA GABRIELA VARGAS GONZALEZ, ya identificada, para que perciba del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, la PENSIÓ.....