DISPOSITIVO
Con fundamento a las consideraciones de hecho, derecho, ut supra referidas, este TRIBUNAL UNDECIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE, la presente demanda, incoada por el ciudadano: CARLOS LUIS RONDON BASTIDAS, venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad No. V.- 12.045.311 y domiciliado en el Municipio San Francisco del estado Zulia, asistido en este acto por la abogada LIGCAR FUENMAYOR SANCHEZ, Defensora Publica Primera Encargada (E), con competencia en materia Civil, Mercantil y Transito, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Zulia, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 79.885, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Proce.....