En base a lo expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, y a los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA Y EN CONSECUENCIA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en el Artículo 300, ordinal 3º, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 48, ordinal 8º Ejusdem y 108, ordinal 6° del Código Penal Vigente, a favor de la ciudadana SONIA DEL VALLE MATA, quien es venezolana, natural de Porlamar, estado Nueva Esparta, nacida en fecha 7 de noviembre de 1987, titular de la cédula de identidad No. 18.940.576, residenciada en Pedregales, Sector Punta, Vía San martín, casa sin número, color verde, diagonal a la Firestone, Municipio Marcano de este Estado. En consecuencia, se decreta el cese de todas las medidas que se hayan dict.....