En virtud de lo antes expuesto, esta SALA SEGUNDA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA: INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho, GILMA NEGRETTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.757.859, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 206.624, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, actuando en este acto como Defensora Privada de los ciudadanos DIXON ALBERTO GOMEZ NEGRETTE, titular de la cédula de identidad N° V-17.544.633, MARIANGNY JOSÉ MORENO GARCIA, titular de la cédula de identidad N° V-21.489.475 y MAILEN CHIQUINQUIRÁ GARCÍA TORO, titular de la cédula de identidad N° V-27.197.575, en contra de la decisión N° 793-22, de fecha 07 de Octubre de 2022, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial.....