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Decisiones del dia 04/03/2009 |
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N° Expediente :
10697-09
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N° Sentencia :
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Fecha: 04/03/2009 |
Procedimiento: Cumplimiento De Contrato De Arrendamiento |
Partes: JERONIMO MILLAN CONTRA: DESARROLLOS MARIANOMAR, C.A |
Resumen:
PRIMERO: CON LUGAR, la apelación interpuesta por la abogada ARSENIA DE PALMA, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JERONIMO MILLÁN en contra del auto dictado en fecha 3 de febrero de 2009 por el Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de este Estado.
SEGUNDO: REVOCADO el auto objeto del recurso de apelación dictado el 3.2.2009.
TERCERO: Se ordena al Juez del Tribunal Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de este Estado a que se pronuncie de nuevo sobre la medida solicitada basándose en los extremos contemplados en el artículo 39 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, el cual se insiste requiere de la comprobación de aspectos que conformen en primer lugar, que el contrato que une a las partes es por tiempo determinado; que para el momento en que se propuso la demanda se verificó el cumplimiento o fenecimiento del lapso de vigencia previsto en el contrato, así como el corres.....
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Juez/Ponente:
Jiam Salmen de Contreras
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Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario
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N° Expediente :
10482-08
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N° Sentencia :
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Fecha: 04/03/2009 |
Procedimiento: Cumplimiento De Contrato |
Partes: INMOGESTIÓN MARGARITA, C.A. CONTRA: DESARROLLO MARIANOMAR, C.A |
Resumen:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la cuestión previa contemplada en el numeral 6° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relacionada con el defecto de forma de la demanda opuesta por la parte demandada, DESARROLLO MARIANOMAR, C.A.
SEGUNDO: Se declara improcedente el defecto de forma vinculado con la acumulación prohibida de acciones, y procedente la relacionada con el defecto de forma de la demanda sustentada en el incumplimiento de los numerales 4°, 5° y 7° del artículo 340 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se ordena a la actora a subsanar los defectos u omisiones señalados en este mismo fallo, los cuales se circunscriben a los numerales 4°, 5° y 7° del artículo 340 eisdem, vinculado el primero con el objeto de la pretensión, determinando con precisión la situación y linderos de los inmuebles, el segundo con la relación a los hechos y los fundamentos de derecho en que se basa la pretensión con sus pertinentes conclusiones, y por último, la especificación.....
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Juez/Ponente:
Jiam Salmen de Contreras
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Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario
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