PARCIALMENTE PROCEDENTE, la pretensión por ACCIDENTE LABORAL Y DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoado por el ciudadano JESÚS MARÍA DÁVILA, contra las sociedades mercantiles FLAG INSTALACIONES, S.A. y SHELL VENEZUELA, S. A., todas las partes plenamente identificadas en las actas procésales. En consecuencia:
PRIMERO: Se condena a la patronal codemandada FLAG INSTALACIONES, S.A., y solidariamente a la codemandada SHELL VENEZUELA, S. A., a pagar al ciudadano JESÚS MARÍA DÁVILA la cantidad de UN MILLÓN DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS BOLÍVARES CON OCHO CÉNTIMOS (Bs.1.247.500,8), por los conceptos que quedaron especificados en las conclusiones del presente fallo (Bs.631.772,1 por preaviso + Bs.535.383,oo por antigüedad + Bs.80.345,7 ), por la aplicación de la Cláusula 65 CCP).
SEGUNDO: Se condena a la patronal codemandada FLAG INSTALACIONES, S.A., y solidariamente a la codemandada SHELL VENEZUELA, S. A., a pagar al ciudadano JESÚS MARÍA DÁVILA.....