ÚNICO: INADMISIBLE POR IRRECURRIBLE el recurso de apelación de autos, interpuesto por los profesionales del derecho ABG. OVIDIO J. ABREU CASTILLO, AURYMARY A. SALAS SANTOS y ALISNEV A. BOSCAN SOTO, inscritos en el instituto de previsión social bajo los N°53.703, 108.556 y 210.655, respectivamente, actuando con el carácter de Defensores Privados de los imputados NERVIS ALFONSO NAVA REYES, CARLOS JESUS LEON RINCON Y TONY JOSE NAVA PARRA, titulares de la cedula de identidad N°V-9.768.836, V-17.670.773 y V-15.839.196; en contra de la decisión Nro. 220-18 dictada en fecha 11 de abril de 2018, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, con fundamento en el artículo 428, literal "c" del Código Orgánico Procesal Penal, y con fundamento en la jurisprudencia pacífica y reiterada, de carácter vinculante, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
Regístrese, publíquese y remítase en la oportunidad legal corr.....