DISPOSITIVO
Por todos los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara en el juicio de DAÑOS Y PERJUICIOS y DAÑOS MORALES seguido por el ciudadano WEICHAO CEN, de nacionalidad china, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número E.-84.477.642, domiciliado en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, en contra de los ciudadanos JORGE MITROPOULOS KOTSIRI y THEOPISTI KITSOS DE MITROPOULOS, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V.7.865.631 y V.11.451.677, respectivamente:
PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un Inmueble propiedad del demandado, ciudadano JORGE MITROPOULOS KOTSIRI, constituido por una CASA QUINTA Y TERRENO PROPIO, situado en la calle .....