DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada, sociedad mercantil PLAN MEDICO SALUD ZULIA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha veintiuno (21) de mayo de 2009, anotada bajo el No. 45, Tomo 34-A RM1, domiciliada en el municipio Maracaibo del estado Zulia, representada por su Presidente FÉLIX EDUARDO ANDRADE GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad No. 7.786.464, el cual deberá indicar el ejecutante ante el Tribunal Executor respectivo, hasta cubrir el doble del monto especificado en el decreto intimatorio proferido por este Juzgado, lo cual constituye la cantidad de DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO.....