DECISION
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana por el ciudadano abogado en ejercicio y de este domicilio HUMBERTO DARRY PEREZ SUAREZ, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano FRANCO ALFIERI ROSARIO, y SEGUNDO: CONFIRMAR la decisión signada con el No. 1.166-03, de fecha 14 de noviembre del 2003, dictada por el Tribunal Duodécimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual Negó la Entrega del Vehículo cuya características son: Marca Chevrolet, Modelo Silverado, Uso Carga, Año 2001, Color Beige, Placa 31R-PAA, Serial de Carrocería 8ZCEC14TX1V348783, Serial del Motor X1V348783, Clase Camioneta; de conformidad a lo establecido en el artículo 312 del Código Orgánico Procesal Penal.....