Por los fundamentos antes expuestos esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el Abogado OSCAR BASTIDAS SÁNCHEZ, actuando con el carácter de Defensor del acusado ÁNGEL EDUARDO REYES, titular de la cédula de identidad N° 19.212.813, en contra de la sentencia N° 0027-2005, dictada por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en fecha 24 de Noviembre de 2005; y, SEGUNDO: SE CONFIRMA la Sentencia Condenatoria dictada por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de fecha 24 de Noviembre de 2005, en la cual impuso al acusado ÁNGEL EDUARDO REYES BERMÚDEZ, Venezolano, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento 08-02-85, titular.....