DISPOSITIVA
Por los fundamentos de derecho anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación con efecto suspensivo, Interpuesto de conformidad con lo estatuido en el artículo 374 del Código Orgánico Procesal Penal, por la abogada SOLVIVIANA RAMIREZ, actuando con el carácter de Fiscal Auxiliar Décimo Sexto adscrita a la Sala de Flagrancia del Ministerio Público del estado Zulia, en contra de la decisión N° 1639-2017, dictada en fecha 20 de Diciembre del 2017, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Santa Bárbara.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión Nº 1639-2017, dictada en fecha 20 de Diciembre del 2017, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circ.....