Vista la admisión de hechos efectuada por el ciudadano SAUDY HERRERA VARGAS, representado en este acto por el abogado GUSTAVO PIRELA, este tribunal de conformidad con el numeral 6 del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a imponer la pena correspondiente de la siguiente manera: Término medio de la pena correspondiente al delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, es decir de UNO (01) A DOS (02) años DE PRISIÓN, la pena a aplicar es de UN (01) año Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, que es el término medio, y en aplicación del artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, en la comisión del delito se rebaja en un tercio (1/3) de la pena que haya debido imponerse, en este caso en concreto se rebaja un tercio de la pena, quedando la misma en UN (01) AÑO DE PRISIÓN, no excediendo así de su limite in.....