1. PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda por Fijación Judicial de Residencia, incoada por el ciudadano Antonio Pascual Mastroianni González, titular de la cédula de identidad No. V-15.163.299, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en contra de la ciudadana María Carolina Chiquinquirá Bastardo Viloria, titular de la cédula de identidad No. V-17.939.817, domiciliada en el municipio Diego Bautista Urbaneja del estado Anzoátegui, en relación con el niño (nombre omitido, art. 65 LOPNNA).
2. CON LUGAR la reconvención por Autorización Judicial para Cambio de Residencia, incoada por la ciudadana María Carolina Chiquinquirá Bastardo Viloria, titular de la cédula de identidad No. V-17.939.817, domiciliada en el municipio Diego Bautista Urbaneja del estado Anzoátegui, en contra del ciudadano Antonio Pascual Mastroianni González, titular de la cédula de identidad No. V-15.163.299, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en relación con el (nombre omitido, ar.....