• Decretar la MEDIDA DE EMBARGO PROVISIONAL sobre:
A. El Treinta por ciento (30%) mensual del Sueldo; que devenga el ciudadano ALADINO ANTONIO LEAL PADILLA-
B. El Treinta por ciento (30%) anual de las Utilidades, que le correspondan al demandado para satisfacer las necesidades materiales y espirituales en la época de navidad.
C. El Treinta por ciento (30%) anual de las Vacaciones, que le pueda corresponder al demandado de autos.
D. En caso de que el ciudadano demandado goce de los beneficios de primas por hijos, juguetes, útiles escolares; retener el cien por ciento (100%) de tales conceptos que le puedan corresponder a los niños de autos.
E. El Treinta por ciento (30%) Bonos, Prestaciones Sociales; así como cualquier otra cantidad que le corresponda en caso de despido, retiro, jubilación o muerte, y cualquier otro ingreso o aumento que perciba el ciudadano en caso de que de por terminada su relación laboral.
• Las cantidades a retener establecidas en los liter.....