por lo cual este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara a la ciudadana SONIA BEATRIZ RINCÓN DE GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-3.999.816 en su carácter de Conyugue, y a los ciudadanos CARLA BEATRIZ GONZÁLEZ RINCÓN y CARLOS HELI GONZÁLEZ RINCÓN, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. V- 13.940.322 y 13.940.321 en su condición de hijos, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano YOVANNY DE JESÚS GONZÁLEZ CORONA, quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V- 3.466.905, fallecido en el Municipio Monagas del Estado Zulia, el día treinta (30) de Agosto de 1981, según acta de defunción N° 3373, emanada de la Prefectura de.....