REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 21 de Mayo de 2008
198º y 149º
Visto el desistimiento de fecha 24 de Abril del presente año, y vista la homologación de fecha 29 de Abril del mismo año en curso, así como la solicitud de suspensión de la medida de embargo; este Tribunal provee de conforme a lo solicitado, en consecuencia, se suspende la Medida de Embargo Ejecutivo, decretada por este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 08 de Diciembre de 2003, y ejecutada por Jugado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 15 de Enero de 2004, propiedad del demandado ciudadano ALEXANDER DAVID GARCIA GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de identidad No. 7.808.684; sobre un inmueble ubicado en el Barrio Corazón de Jesús de la Parroquia Francisco Ochoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE, mide quince metros con cuarenta y dos centímetros (15,42 Mts.) y linda con el con el Kilómetro 1 que conduce a Perijá; SUR, mide quince metros con diecinueve centímetros (15,19 Mts.) y linda con terreno y galpón que es o fue de Ignacio Amil Vásquez, marcado con el No. 24B-110; ESTE, mide sesenta y seis metros con ochenta y nueve centímetros (66,89 Mts.) y linda con terreno y galpón que es o fue de Ignacio Amil Vásquez; y OESTE, mide sesenta y seis metros con ochenta y nueve centímetros (66,89 Mts.) y linda con terreno y galpón que es o fue de Ignacio Amil Vásquez, y sobre la referida parcela existe una construcción tipo galpón industrial.- Dicho inmueble le pertenece al demandado, según documento protocolizado por ante la Oficina Inmobiliaria del Tercer Circuito de Registro del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 11 de Junio de 1.983, anotada bajo el No. 11, Protocolo Primero, Tomo 27.- Asimismo, se ordena expedir por secretaría las copias certificadas solicitadas, con la inserción de la anterior diligencia y de este auto que la provee. Agréguense dichas copias al expediente y devuélvanse los originales.-Ofíciese.-
El Juez Provisorio,

Dr. Carlos Rafael Frías La Secretaria,

Maria Rosa Arrieta F.
La anterior resolución quedo anotada bajo el No.
CRF/jspl.-






























REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA Exp. No. 7469
EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO Maracaibo, 21 de Mayo de 2008
Circunscripción Judicial del Estado Zulia 198º y 149ª
MARACAIBO
No. 1.091-2008.-

CIUDADANO:
REGISTRADOR INMOBILIARIO DEL TERCER CIRCUITO DEL MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA.-
SU DESPACHO.-
Comunícole a usted, que en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES (VIA EJECUTIVA), seguido por el ciudadano ALFREDO SANCHEZ CAMACHO, en contra de ALEXANDER DAVID GARCIA y MARIA CSORGI MOLINARES; que este Tribunal por auto de esta misma fecha, suspendió la medida de Embargo Ejecutivo, decretada por este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 08 de Diciembre de 2003, y ejecutada por Jugado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 15 de Enero de 2004, propiedad del demandado ciudadano ALEXANDER DAVID GARCIA GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de identidad No. 7.808.684; sobre un inmueble ubicado en el Barrio Corazón de Jesús de la Parroquia Francisco Ochoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE, mide quince metros con cuarenta y dos centímetros (15,42 Mts.) y linda con el con el Kilómetro 1 que conduce a Perijá; SUR, mide quince metros con diecinueve centímetros (15,19 Mts.) y linda con terreno y galpón que es o fue de Ignacio Amil Vásquez, marcado con el No. 24B-110; ESTE, mide sesenta y seis metros con ochenta y nueve centímetros (66,89 Mts.) y linda con terreno y galpón que es o fue de Ignacio Amil Vásquez; y OESTE, mide sesenta y seis metros con ochenta y nueve centímetros (66,89 Mts.) y linda con terreno y galpón que es o fue de Ignacio Amil Vásquez, y sobre la referida parcela existe una construcción tipo galpón industrial.- Dicho inmueble le pertenece al demandado, según documento protocolizado por ante la Oficina Inmobiliaria del Tercer Circuito de Registro del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 11 de Junio de 1.983, anotada bajo el No. 11, Protocolo Primero, Tomo 27.-
Comunicación que se hace, a los fines legales consiguientes.
DIOS Y FEDERACION

Dr. CARLOS RAFAEL FRÍAS
-JUEZ PROVISORIO-


























Exp. No. 7469
Cobro de Bolívares


















CRF/jspl.-