Por los fundamentos antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara:
SIN LUGAR, la demanda de REIVINDICACIÓN incoada por ADA MATILDE GARCIA MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. 11.867.999 y de este domicilio, en contra del ciudadano ALFREDO ENRIQUE ALMARZA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 6.708.947 y domiciliado en la ciudad de Maracaibo del Estado Zulia.
Se CONDENA en costas a la parte demandante, por haber resultado totalmente vencida en juicio de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.