Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
a) CON LUGAR la solicitud de Divorcio, con fundamento al criterio vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en Sentencia 693-15 de fecha 02 de junio del año dos mil quince (2015), formulada por los ciudadanos: SANDRA LIDUSKA ANGARITA RIERA y OSLARDO ELIAS SOSA VARGAS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad V-12.408.148 y V-12.407.767 respectivamente, domiciliados en el sector El Golfo, segunda transversal, casa s/n, cerca del parque, parroquia Pueblo Nuevo, municipio Baralt del estado Zulia, asistidos por el abogado en ejercicio DANIEL PEREZ MENDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 189.705......