Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA al penado RICHARD ANTONIO CARDOZO VALERA, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 25 años de edad, de Estado Civil Casado, de profesión u oficio Cabillero de construcción, titular de la cédula de identidad N° V.15.060.524, hijo de los Ciudadanos Cristina del Carmen Valera y de Nelson Antonio Cardozo, y residenciado en Parcelamiento Alto II, entrando por los Patrulleros de Cuatricentenario, Calle 95R, Casa N° 87A-11, a tres cuadras de la Panadería "Alto II", Municipio Maracaibo, Estado Zulia, la Medida de SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, por el lapso de Cinco (05) años, contados a partir de la presente fecha, y cumplir con las obligaciones indicadas en esta Resolución; todo de conformidad con el Artículo 14 de la Ley de Beneficio Sobre e.....