Primero: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, conforme a lo establecido en el artículo 185 del Código Civil y al nuevo criterio adoptado por el Tribunal Supremo de Justicia Sentencia N. 1070 de fecha 9 de diciembre de 2016, emanada de la Sala Constitucional de Tribunal Supremo de Justicia, con Ponencia del Magistrado Juan José Mendoza Jover, con respecto a la pérdida del afecto marital dentro del matrimonio, formulada por DANY ALBERTO GUERRA NARVAEZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad No. V-17.917.553, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en contra de la ciudadana ANGELY ANDREA SALAZAR BROCHERO, venezolana, casada, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-21.352.856, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en consecuencia, se declara DISUELTO el matrimonio que contrajeron los cónyuges en fecha veintiséis (26) de diciembre de 2014, ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Venancio Pulgar del Muni.....