Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, autoriza el permiso de traslado de la penada EVELIN ALEJANDRA MORA QUERO, titular de la cédula de identidad 13.283.594, con las seguridades del caso y la debida custodia, al Palacio de los Eventos, Salón Europa del Hotel Maruma, ubicado en la Circunvalación No. 2, Maracaibo, Estado Zulia, el día Sábado 30 del presente mes y año en curso de 2005, de 6:00 P.M. A 11.00 P.M, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley de Régimen Penitenciario. Regístrese la presente decisión y librese oficio al Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo.