Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA REVOCAR el Beneficio de SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA al penado GILBERTO SEGUNDO TEJERA BOHORQUEZ, venezolano, natural de Maracaibo, de 28 años de edad, de oficio ayudante de Albañilería, portador de la Cédula de Identidad Nro. 13.297.068, hijo de Antonio Tejera y de Mery Bohorquez, y residenciado en el Barrio La Polar, avenida 48D, casa No. 180-52, del Municipio San Francisco del Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal. Por lo que se acuerda librar la respectiva Orden de Captura y Boleta de Encarcelación, remitiéndose las mismas al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Delegación del Zulia. Asimismo se ordena oficiar a la Dirección de la Unidad Té.....