Por los fundamentados antes expuestos este TRIBUNAL SÈPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano FRANKLIN JOSÈ MORELOS, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo Estado Zulia, fecha de nacimiento 28-07-65, de 41 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Electricista, Cédula de identidad N° 9.172.976, hijo de Manuel Terán y Dora Morelos, y con residencia en las Parcelas, Sector la Paz, casa Nº 73, calle de la parada de los buses, al lado de la tienda Alirio Municipio Maracaibo, Estado Zulia; a sufrir la pena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, de las establecidas en los artículos 16 y 34 del Código Penal, como AUTOR del delito de HURTO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 454.8°, en concordancia con el artículo 82, ambos del Código Penal Venezolano (antes de.....