Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE PRIMERO DE CONTROL DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, garantista del debido proceso, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, CONDENA al adolescente Se omite el nombre del Adolescente Acusado en virtud del principio de la Confidencialidad Art.545 LOPNA, venezolano, de diecisiete (17) años de edad, titular de la Cédula de Identidad No.21.355.846, fecha de nacimiento 23-11-1986, hijo de REBECA GONZALEZ Y DE RAUL FONSECA, residenciado en la Urbanización Santa Fe, Sector Los Coquitos, casa sin número, cerca del abasto Mi Refugio, Municipio Mara del Estado Zulia, por la comisión del delito de COATOR en la comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en contra del ESTADO VENEZOLANO, e.....