Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha veintidós (22) de noviembre de dos mil dieciséis (2016), por la abogada ENYERLYN CH. NAVARRO, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana ELIZABETH THAIS GONZÁLEZ RIVAS, parte demandante en la presente causa, en el juicio que por REIVINDICACIÓN, incoare la ciudadana antes mencionada, contra el ciudadano PEDRO ESPINOZA FONTALVO, previamente identificado.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión proferida por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha quince (15) de noviembre de dos mil dieciséis (2016), en el juicio que por REIVINDICACIÓN, sigue la ciudadana ELIZABET.....