Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, Administrando Justicia, en la persona de la Abogada ZULIMA BOSCÁN VÁSQUEZ, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, REPONE LA PRESENTE CAUSA de INQUISICIÓN DE PATERNIDAD, seguida por la ciudadana: KARINA DEL VALLE JIMENEZ MEDINA, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad No. V-12.330.165, domiciliada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, representada por la Abogada en Ejercicio MARIA ALEJANDRA HERNANDEZ URBINA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 114.723, en contra del ciudadano: JOSE ENRIQUE GOMEZ MADUEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.454.150, domiciliado en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, y en beneficio del niño: (se omite su nombre, de conformidad con lo establecido con el articulo 65 de la Ley Orgánic.....