Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la incidencia de medida surgida en el juicio que por PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD ORDINARIA, siguen los ciudadanos JOSÉ MENDEZ ROMERO y JEANMERY GUTIEREZ DE MENDEZ, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-7.820381 y V-7.780.975, respectivamente, en contra de la ciudadana TANIA MENDEZ ROMERO, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad N° V-4.530.725; ordena:
UNICO: LA SUSPENSIÓN DE LA MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada en fecha 04 de junio de 1998 por este Tribunal sobre un inmueble constituido por una casa-quinta denominada "Margarita", signada con el N° 8-48, y su terreno propio, situado en la calle 68, en jurisdicc.....