Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR EL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÒN DE LOS HECHOS, en consecuencia, CONDENA al acusado ALEXANDER ENRIQUE ROMERO LUZARDO, venezolano, natural de Los Puertos de Altagracia, Municipio Miranda del Estado Zulia, cedula de identidad V-11.947.305, estado civil soltero, edad 34, profesión electricista, manifestó saber leer y escribir, hijo de Eucario Romero y Nieves Luzardo, Domiciliado en Urbanización Eleazar López Contreras, Segunda Etapa, Calle 9, Vereda 32, Casa No. 07, Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, por estar incurso en la comisión de los delitos de HURTO AGRAVADO DE ENERGÍA ELÉCTRICA, previsto y sancionado en el artículo 452.1 del Código Penal, en concordancia con los artículos 93.3 y 94 de la Ley Orgánica de Servicio.....