¿ SIN LUGAR la demanda de PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD, incoada por la ciudadana NAHIR DEL VALLE MELENDEZ PACHECO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.929.719, en contra del ciudadano LUIS ALEJANDRO MARTINEZ CARROZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.454.743, en relación al niño ALEJANDRO JOSE MARTINEZ MELENDEZ, ya identificados. Quedando por ende la Patria Potestad del referido niño ejercida por ambos progenitores, los ciudadanos NAHIR DEL VALLE MELENDEZ PACHECO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.929.719 y LUIS ALEJANDRO MARTINEZ CARROZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.454.743, conforme lo dispuesto en el artículo 353 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
¿ Se condena en costa a la parte perdidosa, es decir, la parte demandante, ciudadana NAHIR DEL VALLE MELENDEZ PACHECO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identi.....