Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara procedente la Medida Preventiva de embargo sobre:
A.- El CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las cantidades de dinero por concepto de PRESTACIONES SOCIALES, FIDEICOMISO, CAJA DE AHORROS Y SUS INTERESES, que le puedan corresponder al ciudadano: ILDEFONSO DE JESUS VIERAS MALDONADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.452.719, como trabajador al servicio de la empresa PDVSA PETROLEO, S.A., para el momento de su terminación laboral con la referida empresa, por despido, retiro voluntario, jubilación o muerte.
B.- Las cantidades a retener deberán ser remitidas a este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolesce.....