SE DECRETA Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del imputado FRANCISCO ANTONIO LOPEZ MONTIEL, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 46 años de edad, de estado civil, soltero, de profesión u oficio, comerciante, titular de la cédula de identidad N° V-7.770.885, hijo de Francisco López y de Tarcila Montiel, fecha de nacimiento 09-08-58, y residenciado en el Barrio La Polar, calle 180, N° 48Ñ-10, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 en concordancia con el artículo 251, ordinales 2° y 3° del referido texto adjetivo penal, DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio del Estado Venezolano, declarándose igualmente SIN LUGAR la medida cautelar sustitutiva de libertad, solicitada por la defensa, por no ser procedente en derecho. SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el ar.....