DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: NIEGA la Inspección Judicial solicitada por el ciudadano ALEXY PIÑA LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 16.632.158, abogado e inscrito en el Instituto de Previsión Social de Abogados bajo el número 142.288, actuando en nombre y representación de su mandante Ciudadano GERARDO JOSE PALMA OLIVEROS, quien es venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad número V-17.819.884.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIAS en costas en virtud de la naturaleza de la decisión.
TERCERO: Se ordena devolver las actas originales a la parte interesada, previa certifi.....