Este JUZGADO DECIMO DE JUICIO ACTUANDO COMO TRIBUNAL UNIPERSONAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA al ciudadano DENNYS ALBERTO FERRER CEPEDA, quien dice ser y llamarse como esta escrito, venezolano, natural de Maracaibo, de 49 años de edad, titular de cédula de identidad 4.992.943, de estado civil soltero, de profesión u oficio taxista, hijo de IRENIO JESUS FERRER (D) Y LIGIA DE FERRER, residenciado en Barrio Andrés Eloy Blanco, Av. 53 N° 98E-86, Maracaibo, Estado Zulia, actualmente privado de su libertad en la Cárcel Nacional de Maracaibo, a cumplir, la pena de CINCO (05) AÑOS, Y CUATRO (04) MESES DE PRESIDIO, establecida en los artículos 460 del Código Penal en concordancia con los artículos 74 ordinal 4º Ejusdem, concordante igualmente con lo dispuesto en el artículo 37 del comentado Código Penal, con la rebaja de una tercera parte de la misma, conforme lo estable.....