Por los hechos y fundamentos legales antes explanados, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, procede a declarar:
1.- LA CONFESIÓN FICTA de la demandada, ciudadana VIOLETA MARGARITA MARQUEZ.
2.- CON LUGAR la demanda incoada por la sociedad mercantil DEFINOSCA C.A., en el juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, contra de ciudadana VIOLETA MARGARITA MARQUEZ, todos plenamente identificados; en consecuencia se declara RESUELTO el Contrato de Arrendamiento autenticado por ante la Notaría Pública Cuarta de Maracaibo del Estado Zulia, en fecha diecisiete (17) de junio de 2008, anotado bajo el No. 51, Tomo 47, y ante la Notaría Pública Séptima del Municipio Baruta del Distrito Metropolitano de C.....