En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en vista de las anteriores consideraciones y por imperio del Artículo 310 ejusdem, REVOCA la exposición agregada a las actas en fecha veintiséis (26) de octubre de 2017, la cual expresa la citación practicada a la parte demandada. En consecuencia, se ordena citar nuevamente a la ciudadana FANNY MINDIOLA QUINTERO, plenamente identificada en actas, para que comparezca en el cuadragésimo sexto (46) día siguientes y consecutivos, a las diez de la mañana, después de que fuere citada y de la constancia en actas de su citación, para llevar a efecto el PRIMER ACTO CONCILIATORIO, haciéndosele saber que si la reconciliación no se lograse en dicho acto, quedan emplazados para que comparezcan nuevamente a la señalada hora del cuadragésimo sexto (46) día siguientes y consecutivo a la celebración del acto conciliatorio anterior, a los fines de realizar el .....