Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Séptimo de primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: SE DECRETA PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD a cada uno de los imputados JUAN CARLOS LEYBA MONTIEL, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento: 08-12-86, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de profesión estudiante, titular de la Cédula de Identidad N° 18.516.772, hijo de JUAN LEYBA y de LORENA MONTIEL, y residenciado en el Sector Pueblo Nuevo calle 60, Av. 9B, N° 9B-27, cerca de la Agencia de Lotería Laudi, Maracaibo, Estado Zulia; y DAVID JESUS CHUECOS ACOSTA, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento: 18-11-87, de 18 años de edad, de estado civil soltero, de profesión estudiante, titular de la Cédula de Identidad N° 18.823.801, hijo de JORGE CHUECOS (D) y.....