Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de DESALOJO intentada por el ciudadano GUMERCINDO URRIBARRÍ PORTILLO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V-124.344, domiciliado en esta ciudad de Cabimas del Estado Zulia en contra de NÉLIDA ROSA URDANETA FERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.729.203, de igual domicilio. SEGUNDO: Se ordena el DESALOJO de la ciudadana NÉLIDA ROSA URDANETA FERNÁNDEZ, del inmueble situado en la Calle “El Diablito”, del Sector o Barrio “Francisco de Miranda”, jurisdicción del Municipio Cabimas del Estado Zulia, fabricada con paredes de bloques rojos, techos de láminas de zinc y pisos de cemento, constante de un porche, sala comedor, tre.....