REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ


En horas de Despacho del día de hoy, diez de marzo del año dos mil cinco, siendo las tres de la tarde, de conformidad con lo acordado, se traslado y constituyó éste JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la firma Mercantil Licores Barra Sport Ross, Distribuidora de Licores C.A., ubicada en la av. 5 de Julio con calle 13, entre avenidas 76 y 77, frente a la Discoteca Drilas, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida de Embargo Preventivo, comisionada por el JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL No.01, con motivo del juicio de Reclamación Alimentaría, seguido por: GLENYS YASMELIS VALECILLOS, titular de la cédula de identidad No. V-13.209.764, contra: AMADO RAFAEL BORJAS, titular de la cédula de identidad No. V-11.392.671.-Una vez constituido este Tribunal, en la dirección antes indicada, se recibió información del ciudadano: ROBINSÓN ARTURO SOCORRO ARRIETA, titular de la cédula de identidad Nro.4.744.824, quién manifestó ser el Encargado de dicha Firma Mercantil, y el mencionado ciudadano informo a este Tribunal que el ciudadano: AMADO RAFAEL BORJAS, titular de la cédula de identidad Nro.V-11.392.671, no laboraba en esa Empresa, razón por la cual este Tribunal ejecutor se abstiene de Ejecutar la presente Medida para la cual fue comisionado en el sitio señalado por la parte actora y acuerda remitir la presente comisión al juzgado de la causa.-Es todo se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ,


ABOG. DIXON AVENDAÑO VILLALOBOS


LA SECRETARIA,


ABOG. LUZ MARINA MONTIEL