Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Séptimo de primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD CON CAUCIÓN PERSONAL (FIANZA) a favor del imputado NESTOR LUIS ROMERO, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento: 29-09-68, de 37 años de edad, de estado soltero, de profesión u oficio Pintor, titular de la Cédula de Identidad NO POSEE, hijo de NESTOR CARLOS LINDEROS GRANADOS y de ANGEL AURORA ROMERO, y residencia en el Barrio Libertad, calle 79K, casa 37-98, Maracaibo, Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de CONTRA LA CONSERVACIÓN DE LOS DELITOS PÚBLICOS Y PRIVADOS, previstos y sancionado en el artículo 343, ultimo aparte del Codigo Penal Venezolano, cometido en perjuicio del ciudadano NESTOR CARLOS LINDEROS, con la imposición de las obligacion.....