Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: Consumado el acto procesal de la transacción, en la demanda por ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, que intentó el ciudadano MARCELO MARIN HIDALGO, contra la sociedad mercantil NUÑEZ CORPORACIÓN SUR, C.A, plenamente identificados en la parte narrativa de este fallo, homologándolo, impartiendo su aprobación y dándole el carácter de cosa juzgada.
El Tribunal ordena levantar la medida de embargo preventiva decretada por este Tribunal en fecha 23-02-2012, y ejecutada por el Juzgado Primero Ejecutor de medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial de Estado Zulia, en fecha 01-03-2012.
Asimismo, se ordena.....