Conceder prórroga por QUINCE (15) días adicionales consecutivos, para la presentación del acto conclusivo por parte de la Fiscal del Ministerio Público, contados a partir del vencimiento de los treinta días siguientes a la fecha de la decisión judicial que acordó mantener la detención del ciudadano imputado JUAN BAUTISTA SEGARRA DOMINGUEZ, Venezolano, natural de Monay Estado Trujillo, 61 años de edad, Titular de la Cédula de identidad 3.117.979, fecha de nacimiento 19/08/1944, hijo de Mansimino Cegarra (Dif) y Maria Cecilia de Cegarra (Dif), domiciliado en el Urbanización Santa Maria, La Chamarreta, Casa 7, Barrio el Chino Sector 2, Municipio Baralt del Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, todo de conformidad a lo establecido en el Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.