Por los fundamentos de Hecho y de Derecho esgrimidos, este Juzgado Octavo de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado: ÁLVARO DE JESÚS SEMPRUM EUSSE, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 28 años de edad, fecha de nacimiento: 17-01-1980, soltero, de profesión u Oficio ebanista, Cedula de identidad 15.409.288, hijo de INES EMILIA EUSSE y ADALSO ENRIQUE SEMPRUM, residenciado en el Barrio Los Cortijos, sector los matapalos, en una invasión, a tres cuadras del Reto Juvenil Internacional, Municipio San Francisco, Estado Zulia, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS PRISION, mas las accesorias de Ley, previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el articulo 455 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano JUAN CARLOS OLIVAR .....