Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN CABIMAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda Declarar con Lugar la solicitud incoada por la Fiscalía 15 del Ministerio Público en esta misma fecha, y en tal sentido se acuerda emitir la correspondiente oren de allanamiento a ser practicada en: Estado Zulia, Municipio Lagunillas, Ciudad Ojeda, Calle Santa Mónica, Quinta Don Vicente, casa No. 20; donde puede ser localizado el ciudadano el ciudadano SCIONTI CASTELLANO ERNESTO FRANCISCO, cédula de identidad No. V-8.696.398, relacionada con la Investigación No. 13-F9-2451-09, autorizando para su ejecución a Funcionarios adscritos al Destacamento No. 33 de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, con sede en Cabimas, estado Zulia, todo ello de conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 210.....