este Tribunal evidenciando en las actas mediante prueba fehaciente el pago de la obligación, ordena la suspensión de la medida de prohibición de enajenar y gravar, decretada en fecha 05 de agosto de 2011, participada según oficio 1043-2011 al Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Maracaibo del estado Zulia, sobre una casa quinta, situada en la calle 76 (antes calle Marvez), signada con el número 16-124, jurisdicción de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia, en su parte delantera el inmueble consta de: porche, sala, comedor, cuatro (4) habitaciones sin closét, dos (2) salas sanitarias, aire acondicionado central de diez (10) toneladas con sus ductos, construida con techos de platabanda, pisos de cerámica, en la parte trasera existe una terraza grande construida también con techos de platabanda, con su sala sanitaria, lavadero, dos habitaciones con su sala sanitaria incorporada, pisos de cerámica y un aire central de dos (2) toneladas e.....