Por los fundamentos expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS DE MUTUO CONSENTIMIENTO, propuesta por los ciudadanos EDDIE JOSÉ NAVARRO ROSILLO y ARIANNIS VANESSA BETANCOURT CHIRINOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-14.792.519 y V-20.332.060, respectivamente, ambos domiciliados en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistidos por el Abogado en ejercicio ROBERTINA ROMERO e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 175.700, y ASÍ SE DECIDE.
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de la presente decisión.