Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUEL A Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Decreta el Sobreseimiento de la presente causa, seguida al ciudadano ELEANDRO JOSE BRACHO NAVARRO, venezolano, natural de Santa Bárbara de Zulia, de 46 años de edad, comerciante, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.332.063, hijo de Manuel Bracho (D) y de Ramona de Bracho (D) y residenciado en el Barrio Ciro Morales, Aveida 21, casa Nº 12-126, Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de: LESIONES GRAVES CULPOSAS, previsto y sancionado en el Artículo 422, en concordancia con el Artículo 416, ambos del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano LUIS CARLOS MORALES; todo de conformidad con el Artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Proc.....